DEDUCCIONES AUTORIZADAS PERSONA MORAL.
Las deducciones que se consideran autorizadas para las personas
morales, son todos los conceptos que pueden deducirse de los gastos con la
finalidad de poder recuperar una parte o porcentaje de estos gastos.
Estas deducciones están establecidas según la ley del
impuesto sobre la renta y deben de cumplir con diversos requisitos que estipula
la misma ley para poder tomarlos como deducción autorizada, entre todos los
requisitos cabe destacar que deben de ser gastos que hayan sido necesarios para
que la empresa pueda seguir operando.
Deducciones autorizadas para personas morales:
· - Gastos de operación: Se pueden deducir los
gastos necesarios y ordinarios para llevar a cabo la operación del negocio,
como los costos de materias primas, sueldos y salarios, servicios
profesionales, alquiler de local, servicios públicos, entre otros.
· - Gastos financieros: Los intereses pagados por
préstamos y financiamientos utilizados para actividades empresariales pueden
ser deducibles en ciertos límites y condiciones establecidos por la ley fiscal.
· - Amortización y depreciación: Los activos fijos
utilizados en la operación del negocio, como edificios, maquinaria, vehículos,
pueden depreciarse o amortizarse a lo largo de su vida útil y estas cantidades
se pueden deducir.
· - Provisión para pérdidas: Las empresas pueden
deducir una provisión para cubrir posibles pérdidas o deudas incobrables en sus
cuentas por cobrar o inventarios, sujeta a requisitos específicos.
· - Contribuciones y cuotas: En algunos casos, las
contribuciones y cuotas pagadas a organizaciones o instituciones autorizadas
pueden ser deducibles, como las aportaciones a programas de seguridad social o
donaciones a organizaciones benéficas.
PARTIDAS NO
DEDUCIBLES:
· - Multas y sanciones: Los pagos de multas o
sanciones impuestas por incumplimiento de la ley no suelen ser deducibles.
· - Dividendos distribuidos: Los dividendos
distribuidos a los accionistas no suelen ser deducibles como gasto para la
empresa.
· - Gastos personales: Los gastos personales de los
accionistas o directivos de la empresa generalmente no son deducibles, ya que
se consideran gastos no relacionados con la operación del negocio.
· - Impuestos sobre la renta: Los impuestos sobre la
renta pagados por la empresa generalmente no son deducibles, ya que se
consideran una obligación fiscal independiente.



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