DEDUCCIONES AUTORIZADAS PERSONA MORAL.

 





Las deducciones que se consideran autorizadas para las personas morales, son todos los conceptos que pueden deducirse de los gastos con la finalidad de poder recuperar una parte o porcentaje de estos gastos.

Estas deducciones están establecidas según la ley del impuesto sobre la renta y deben de cumplir con diversos requisitos que estipula la misma ley para poder tomarlos como deducción autorizada, entre todos los requisitos cabe destacar que deben de ser gastos que hayan sido necesarios para que la empresa pueda seguir operando.

Deducciones autorizadas para personas morales:

·     -    Gastos de operación: Se pueden deducir los gastos necesarios y ordinarios para llevar a cabo la operación del negocio, como los costos de materias primas, sueldos y salarios, servicios profesionales, alquiler de local, servicios públicos, entre otros.

·      -   Gastos financieros: Los intereses pagados por préstamos y financiamientos utilizados para actividades empresariales pueden ser deducibles en ciertos límites y condiciones establecidos por la ley fiscal.

·       -  Amortización y depreciación: Los activos fijos utilizados en la operación del negocio, como edificios, maquinaria, vehículos, pueden depreciarse o amortizarse a lo largo de su vida útil y estas cantidades se pueden deducir.

·       -  Provisión para pérdidas: Las empresas pueden deducir una provisión para cubrir posibles pérdidas o deudas incobrables en sus cuentas por cobrar o inventarios, sujeta a requisitos específicos.

·       -  Contribuciones y cuotas: En algunos casos, las contribuciones y cuotas pagadas a organizaciones o instituciones autorizadas pueden ser deducibles, como las aportaciones a programas de seguridad social o donaciones a organizaciones benéficas.







PARTIDAS NO DEDUCIBLES:

·       -  Multas y sanciones: Los pagos de multas o sanciones impuestas por incumplimiento de la ley no suelen ser deducibles.

·      -   Dividendos distribuidos: Los dividendos distribuidos a los accionistas no suelen ser deducibles como gasto para la empresa.

·      -   Gastos personales: Los gastos personales de los accionistas o directivos de la empresa generalmente no son deducibles, ya que se consideran gastos no relacionados con la operación del negocio.

·       -  Impuestos sobre la renta: Los impuestos sobre la renta pagados por la empresa generalmente no son deducibles, ya que se consideran una obligación fiscal independiente.



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